Responsabilidad Medioambiental

Responsabilidad medioambiental: protege tu empresa y el medio ambiente (Ley 26/2007)

El Seguro de Responsabilidad ofrece a las empresas la posibilidad de transferir sus exposiciones.

Se fundamenta en el principio de “quien contamina, repara”, y abarca la prevención y reparación de los daños ocasionados a los recursos naturales, tales como las aguas, el suelo, las riberas, las especies y los hábitats protegidos.

Contaminación accidental vs. Responsabilidad Medioambiental: qué cubre cada póliza

Responsabilidad Medioambiental (Ley 26/2007)

Hay ocasiones en las que es complicado determinar si una contaminación ha tenido su origen en un hecho accidental y repentino o gradual.

Las pólizas de Responsabilidad Medioambiental cubren ambos tipos de eventos contaminantes, es decir, tanto la Contaminación gradual como la Contaminación accidental e incluyen reparación primaria, compelementaria y compensatoria, tanto por Daños fuera de las instalaciones como dentro de las mismas, esto es, garantiza:

COBERTURAS:

En resumen, la Responsabilidad Medioambiental ofrece cobertura para los nuevos requerimientos legales (nuevas formas de limpiar y remediar los daños medioambientales) no contemplados en la garantía de Contaminación Accidental, cuyo ámbito es muy limitado.

¿Quién está obligado? Sectores y actividades con foco regulatorio

Operadores con umbrales Seveso (almacenamiento/uso de sustancias peligrosas). Siempre prioridad máxima.

Instalaciones sujetas a Autorización Ambiental Integrada: Energía/combustión ≥ 50 MW, refinerías/coquerías, gasificación, metalurgia, minerales (cemento, cal, vidrio, cerámica), química, papel y pasta, textil y curtidos, alimentación y bebidas a gran escala, tratamientos con disolventes, cría intensiva de porcino y aves (umbral IED).

Incineración, valorización/eliminación (peligrosos y no peligrosos) y vertederos (incluida postclausura).

Explotaciones, presas y balsas de residuos mineros.

Captaciones/derivaciones y vertidos sujetos a autorización en Dominio Público Hidráulico o litoral.

Actividades con riesgo intrínseco por manipulación y movimiento de sustancias.

Si tu actividad aparece en estos listados o manejas sustancias peligrosas, es muy probable que debas analizar tu riesgo y constituir garantía financiera.

Te ayudamos a dimensionar el límite, elegir modalidad y tramitar la documentación ante la Administración.

Cómo trabajamos en Jhasa

Revisión del perímetro Regulatorio (Seveso, IED/IPPC, residuos, minería, DPH/litoral…). Preparación del submission a mercado con escenarios cuantificados.

Encaje fino entre pólizas para evitar solapamientos o lagunas. Ajustes de definiciones (evento súbito vs. gradual), retroactividad, ámbito territorial y sub-límites.

Peritaje y defensa técnica en siniestros

Acceso a peritos ambientales y equipo legal propio para argumentar cobertura y optimizar la respuesta ante la Administración.

Nuestro equipo legal/ambiental y de peritos nos permite hablar el lenguaje del regulador y del asegurador a la vez. Eso se traduce en mejores términos y tiempos más cortos.

En JHASA ofrecemos soluciones de Responsabilidad Medioambiental a medida para empresas y proyectos de distintos sectores, alineadas con la Ley 26/2007 y el principio de quien contamina paga, para prevenir y reparar daños a los recursos naturales —tanto por contaminación súbita como gradual—, aportando seguridad regulatoria y protección financiera.

Contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte a cuantificar tus riesgos medioambientales, establecer la garantía financiera adecuada y optimizar el cumplimiento mediante programas de Responsabilidad Medioambiental personalizados.